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Por Valentina Cortés Lehuei , 4 de julio de 2025 | 11:04

Sancionan a privado que alteró cauce de río Calle Calle en Valdivia

Se construyó un muro sin autorización de la Dirección General de Aguas. Crédito: MOP.
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Es el primer caso a nivel nacional. Desde el MOP señalan que se aplicó la nueva ley de fiscalización.

La Dirección Regional de Aguas del Ministerio de Obras Públicas (MOP) Los Ríos aplicó una multa de 7,5 UTM, equivalente a $515 millones, a un particular por modificar el cauce del río Calle Calle en Valdivia, sin autorización de este servicio. 

Además, la Dirección General de Aguas (DGA) ordenó al infractor, en un plazo de 90 días, destruir la obra para restituir el cauce a su condición original, o bien, presentar un proyecto para modificar la obra y obtener la autorización si es que cumple con todos los requisitos.

La seremi de Obras Públicas, Nuvia Peralta, señaló que la fiscalización se originó por antecedentes derivados desde la Capitanía de Puerto de Valdivia, denunciando una obra construida en el río Calle Calle.

El equipo fiscalizador acudió a inspeccionar la eventual intervención dentro de los límites del cauce del río, constatando que en el sector de la propiedad que colinda con el cauce había un muro tipo defensa fluvial, obra cuya construcción requiere autorización de la Dirección General de Aguas.

Fiscalización cauce río Calle Calle. Crédito: MOP Los Ríos.

El Código de Aguas señala que todo proyecto y modificación en cauces naturales y artificiales que puedan causar daño a la vida, salud o bienes de la población o que de alguna manera alteren el escurrimiento de las aguas, deberán ser aprobadas por la DGA.

Sanción 

La seremi del MOP, Nuvia Peralta, explicó que en este caso se aplicó la nueva ley de fiscalización 21.740 que moderniza y agiliza el procedimiento sancionatorio, incorporando herramientas digitales y procedimientos simplificados. 

"Normalmente, resolver una investigación tiene un plazo máximo de seis meses, y con la simplificación del procedimiento se pudo zanjar en casi dos meses. Asimismo, el infractor al aceptar los cargos formulados en el Acta de Inspección, antes de vencer el plazo para presentar descargos, pudo obtener un descuento del 25% sobre el mínimo del grado de la multa que correspondía, en este caso de 7,5 UTM”, dijo

Para aplicar el procedimiento simplificado sancionatorio, debe darse alguna de estas circunstancias: que la infracción sea sancionable con multas de primer, segundo o tercer grado, es decir, entre 10 y 500 UTM, aplicándose un 25% de descuento sobre el mínimo del grado de la multa que corresponda; haya ocurrido en una zona de escasez hídrica declarada y vigente; o que no se requiera fiscalización en terreno.

En otras regiones como Los Lagos, también se han presentado infractores que han admitido su falta, lo cual es el foco de la ley, restituir el cumplimiento normativo en el más breve plazo.

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