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Por Valentina Cortés Lehuei , 10 de junio de 2022 | 17:06

Inmobiliaria presentó nuevos argumentos para invalidar humedal urbano en Isla Teja

Sistema de humedales urbanos sector Isla Teja. Crédito: Israel Acevedo, Aves Valdivia.
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Los alegatos de la empresa fueron expuestos en la audiencia del Tercer Tribunal Ambiental.

El martes 7 de junio se realizó un audiencia donde la Inmobiliaria Teja Sur presentó sus argumentos al Tercer Tribunal Ambiental, para dejar parcialmente sin efecto la resolución del Ministerio del Medio Ambiente que reconoce como urbano el Humedal Los Pelúes, ubicado en Isla Teja, Valdivia.

En la sesión la empresa señaló que algunos sectores dentro del humedal no cumplirían los criterios de delimitación de humedales urbanos, esto puesto que el informe de vegetación hidrófita no incluyó el Humedal Los Pelúes y la información complementaria fue insuficiente.

Como sostén de su argumento, la empresa expuso en la audiencia imágenes de cómo durante el proceso se fue modificando la superficie protegida que, según el reclamante, fue sin ninguna fundamentación técnica para ello o un análisis que permitiera entender estos cambios.

Por su parte el Ministerio del Medio Ambiente (MMA), representado por el Consejo de Defensa del Estado, se respaldó sobre los antecedentes técnicos y metodología, alegando que para la delimitación de ese sector como humedal urbano, se utilizaron imágenes aéreas y satelitales.

Según señaló el ministerio, esto permitió mejorar la precisión en la definición de los límites del ecosistema, condiciones del terreno y el relieve.

En la sesión el MMA, declaró que ni la ley (21.202), ni el reglamento establece que la entidad deba responder fundadamente cada uno de los antecedentes presentados, sino sólo considerarlos para el análisis técnico a la declaración de humedal urbano. 

Agregó, que los antecedentes aportados por la inmobiliaria fueron analizados por el MMA y contribuyeron en la determinación de los límites oficiales del Sistema de Humedales Urbanos Isla Teja.

Por todo lo anterior, concluyó que el estándar de motivación que cumple el acto administrativo es suficiente para justificar que el MMA actuó legítimamente, con pleno respeto a la normativa ambiental vigente, exento de toda arbitrariedad.

Durante la audiencia, también expuso sus alegatos, el abogado de la Municipalidad de Valdivia, como tercero coadyuvante, quien apoyó y complementó los puntos presentados por el Consejo de Defensa del Estado.

El representante de la municipalidad señaló además, que el sector declarado ya había sido reconocido por el plan regulador como una zona de riesgo de inundaciones y que ninguno de los argumentos alegados por el reclamante invalida la declaración del humedal.

Finalmente los ministros que integran el Tercer Tribunal Ambiental decidieron dejar la causa en estudio, con el objetivo de analizar con detalle las controversias y los antecedentes técnicos administrativos y las evidencias presentadas en el proceso judicial.

Historia del caso

El 13 de octubre de 2021, el Ministerio del Medio Ambiente reconoció como urbano el humedal Sistema de Humedales Urbanos sector Isla Teja.

En este sistema se encuentra el Humedal Los Pelúes, zona que según reclama la Inmobiliaria Teja Sur, estaría mal delimitada puesto que comprende algunos sectores marginales que no cumplirían con las características de un humedal.

Situación por la cual, la empresa de construcción solicitó que el Tercer Tribunal Ambiental deje sin efecto la resolución que declara como humedal urbano dicho sector y que además se ordene un nuevo procedimiento.

La empresa constructora solicita dejar sin efecto la resolución que declara como humedal dicho sector.

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